La Carga Familiar se trata de un subsidio que otorga el Estado para las cargas legales de los trabajadores dependientes, pensionados y algunos trabajadores independientes.
- Quienes puedan acceden a este beneficio son:
– Trabajadores dependientes sector público y privado.
– Independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974.
– Personas con subsidio de cesantía o subsidio por incapacidad laboral (licencia médica).
– Pensionados de cualquier régimen.
– Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
– Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos.
– Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
– Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario.
– Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez.
- Se considera carga a:
– Cónyuge y Cónyuge inválido, en la forma que determine el reglamento.
– Hijos biológicos y adoptados, hasta los 18 años ó 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.
– Hijastros, es decir, hijos del otro cónyuge.
– Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).
– Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.
– Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
– Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.
– Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
El monto mensual de la Asignación Familiar dependerá del salario del beneficiario:
Asignaciones familiares y maternales
De acuerdo a la Ley N° 20.449, este año los valores rigen desde el 1° de Agosto de 2010 | |
Ingreso mensual hasta $ 177.212 | $ 6.776 |
Ingreso mensual entre $ 177.213 y $ 298.028 | $ 4.902 |
Ingreso mensual entre $ 298.029 y $ 464.823 | $ 1.549 |
Ingreso mensual superior a $ 464.823 | 0 |
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