Bono por carga

 

Desde Marzo de 2010, el Gobierno de Chile otorga un beneficio en dinero, a las familias chilenas para apoyarlas en uno de los meses más difíciles del año.

Dicha ayuda consiste en la entrega, por cada carga familiar acreditada al 31 de diciembre de 2009, el monto de 40 mil $ , y por la que el beneficiario percibía pago de la respectiva asignación. Esta suma también la reciben los beneficiarios de Subsidio Único Familiar y de Chile Solidario. Estos últimos recibirán un Bono por familia. El Bono extraordinario es de cargo fiscal, lo cual significa que lo paga el Estado. Para todos los efectos no constituye remuneración ni renta, ni tampoco está afecto a ningún tipo de impuesto.

El Bono lo reciben:

– Los beneficiarios de asignación familiar o maternal, por sus cargas familiares acreditadas al 31 de diciembre de 2009 y con derecho a percibir el pago de esas asignaciones, en la medida que su ingreso promedio bruto durante el primer semestre del año 2009 fue igual o menor a $457.954. Esto incluye a trabajadores, pensionados y otros grupos de personas siempre que cumplan con el requisito anterior.

– Los beneficiarios de Subsidio Único Familiar (SUF) que tengan su este beneficio acreditado al 31 de diciembre de 2009.

– Los beneficiarios que al 31 de diciembre de 2009 estaban registrados en el Sistema de Protección Social “Chile Solidario”, que no sean beneficiarios de subsidio único familiar. En este caso, recibirán un bono por familia.

En la Web bonomarzo2010.cl, ingresando el propio RUT y fecha de nacimiento se podrá obtener información respecto de si es o no beneficiario del Bono, y en caso de serlo, podrá consultar sobre la cantidad de bonos, los lugares de pago y la fecha a contar de la cual podrá empezar a cobrar.

Requisitos que debe cumplir cada tipo de beneficiario para tener derecho al Bono:

  • Beneficiario de asignación familiar: que sus cargas familiares estén acreditadas al 31 de diciembre de 2009 y que tenga derecho a percibir el pago de la asignación por haber tenido durante el primer semestre de 2009 un ingreso promedio bruto igual o menor a $457.954.
  • Beneficiario de asignación maternal: al 31 de diciembre de 2009, tener derecho al pago de la asignación y que la carga esté acreditada a esa fecha, aún cuando el trámite de acreditación sea posterior. Esto pues la asignación maternal se hace exigible al 5º mes de gestación, pero una vez reconocida la carga el pago se hace con efecto retroactivo a contar de la fecha de inicio del embarazo.
  • Beneficiario de Subsidio Unico Familiar (SUF): tener sus cargas acreditadas al 31 de diciembre de 2009, para recibir el bono correspondiente a ellas.
  • Beneficiario de Chile Solidario: estar inscrito en Sistema de Protección Social “Chile Solidario” al 31 de diciembre de 2009 y no ser beneficiario de Subsidio Único Familiar a esa fecha.

Para averiguar si tiene acreditadas las cargas familiares debe comunicarse con su entidad administradora de asignaciones familiares (Cajas de Compensación u otras), las que tienen la función de efectuar los reconocimientos de sus cargas y autorizar los pagos respectivos.

Más información en: bonomarzo2010.cl

Imágen: elpatagonico

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