Bono Invierno 2015

El Bono Invierno es un beneficio que se entrega a los pensionados y pensionadas durante el mes de mayo para ayudarles a enfrentar los gastos propios de la época invernal. Se estima que cerca de 1 millón de personas recibirán el Bono de Invierno, entre beneficiarios del IPS y de las otras instituciones de previsión.

Es un beneficio no postulable de 55 mil 94 pesos que se entregará por una sola vez, junto a la pensión de mayo de 2015 a quienes cumplan los requisitos.

Beneficiarios

Primer grupo: pensionados de alguna de las siguientes instituciones:
Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto).
Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
Mutualidades de empleadores.
Segundo grupo: pensionados del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
Tercer grupo: beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias de Vejez (PBSV).

Recuerde que el dinero del bono:

No se considera para el pago de impuestos ni cotizaciones.
No está afecto a otros descuentos de ningún tipo.

Quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a 144 mil 224 pesos (valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).

Si usted considera cumplir los requisitos y el bono no viene pagado junto con su pensión de mayo, acuda a su entidad pagadora y registre ahí su requerimiento, para que ésta analice el porqué de tal situación.

Para consultar si es beneficiario:

  • Diríjase a un punto de atención de IPS/ChileAtiende.
  • Explique el motivo de su visita: consultar si es beneficiario del Bono de Invierno 2015.
  • Muestre su cédula de identidad.
  • Como resultado del trámite, habrá consultado si es beneficiario del Bono de Invierno 2015, cuya respuesta podrá obtener inmediatamente.

Requisitos:

Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2015.
Recibir una pensión inferior o igual al valor de la Pensión Mínima de Vejez vigente para mayores de 75 años (144 mil 224 pesos, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), si lo hubiere).
Importante: no son beneficiarios del Bono de Invierno 2015:

Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley N°19.992).
Titulares del Subsidio Discapacidad Mental, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley N°20.255).
Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley N°19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno 2015, a pesar de que sumen menos del tope de 144 mil 224 pesos.

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