Requisitos Credito con Aval del Estado

El Crédito con aval del Estado es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico, que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera en alguna de las instituciones de Educación Superior Acreditadas que forman parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal

El beneficio se asigna como un derecho por toda la duración de la carrera (no se postula cada año) y se entrega en estricto orden socioeconómico, partiendo por aquellos postulantes con mayores necesidades de financiamiento.

Los Requisitos Generales son:

  • Ser chileno o extranjero con residencia definitiva en el país.
  • Condiciones socioeconómicas del grupo familiar que justifiquen el otorgamiento del beneficio.
  • Matricularse en una carrera de pregrado en esta institución de educación superior.
  • No haber egresado de una carrera de pregrado de nivel universitario financiada con el Fondo Solidario de Crédito Universitario y/o con este mismo crédito.

Requisitos Específicos: Mérito Académico Alumnos Primer Año:

La exigencia mínima establecida en la Ley es un puntaje promedio mayor a 475 puntos en la PSU (Lenguaje y Matemática), para postulantes a una Universidad, sin distinción de carrera. Sin embargo la Universidad de Chile exige un puntaje ponderado de 600 puntos ponderados para postular a cualquier carrera, excepto alumnos con ingreso vía sistemas especiales.
Se consideran válidas las PSU rendidas en el año de postulación o en los dos años anteriores.

Su principal característica es que este crédito que entrega el sistema financiero está garantizado:

  • Por la institución en la que estudia el alumno (por el riesgo de deserción académica), y
  • Por el Estado, que será garante del beneficiario, hasta que éste haya pagado por completo el crédito una vez egresado.

El financiamiento entregado debe ser devuelto en los plazos que establece la ley, con un interés sobre el capital original y una comisión de administración.

Una vez asignado, el beneficio se extiende por toda la carrera, sin necesidad de postular nuevamente.

El alumno puede pedir el monto que se ajuste a sus necesidades y modificar todos los años ese valor, al momento de renovar su beneficio.

Si por alguna circunstancia y sólo una vez matriculado con crédito en una institución del Sistema, el alumno decide que no requiere de financiamiento para cubrir uno o más años de su carrera, puede pedir valor cero, sin perder el beneficio (lo que significará que costeará por cuenta propia ese(os) año(s) de estudio). Si es nuevo beneficiario del crédito, de igual modo debe firmar en el banco aunque sea por monto cero, de manera de activar el beneficio.

El beneficio se asigna como un derecho por toda la duración de la carrera (no se postula cada año) y se entrega en estricto orden socioeconómico, partiendo por aquellos postulantes con mayores necesidades de financiamiento.

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