Rebajas por educacion

La Rebaja por educación consiste en otorgar un crédito a las personas naturales afectas la impuesto único de segunda categoría o al impuesto global complementario, por los gastos incurridos en la educación de sus hijos en instituciones de enseñanza preescolar, básica, diferencial y media.

El beneficio para el año 2015 corresponderá a 4,4 UF por hijo que se rebaja del impuesto de pagado.

Requisitos

• El Padre y/o la Madre deben ser contribuyentes del impuesto único de segunda categoría o del impuesto global complementario, con una renta superior a $583.000 o una renta anual superior a $6.998.000
• La suma total de las renta de los padres no debe exceder a 792 UF (19.504.000 aprox.)
• Los hijos debe estar matriculados en un establecimiento de enseñanza preescolar, básica, diferencial media, reconocida por el Estado y tener un mínimo de asistencia de 85%
• Los Hijos deben ser menores de 25 años al 31-12-2014

NO se requiere

Informar el número de hijos en edad escolar por los que se desea utilizar la rebaja, ya que esta información ya estará disponible en el SII en el momento en el que se presente la Declaración de Renta.
Que los padres acrediten los gastos que han realizado para la educación de sus hijos, ya que el beneficio presupone que sí los han realizado. Debe, ademas, acreditar la matrícula y/o asistencia de los hijos, ya que esta información será proporcionada directamente al SII por la institución educacional que corresponda.

Antes de enviar su declaración de Renta:

Los padres, de común acuerdo, podrán optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja. Para manifestarlo, deben realizar una declaración jurada simple, antes de la declaración anual de renta en abril. Si no lo hacen, el monto de $40.200 se dividirá en partes iguales entre ambos padres.

El SII recomienda utilizar el Simulador del beneficio por gastos en educación, el que luego de ingresar sus datos, permitirá verificar si puede postular al beneficio y cuál es el monto de rebaja al que puede acceder.
Para realizar la Declaración Jurada de cesión del beneficio ingrese al menú de renta.

Al momento de hacer su declaración anual de impuesto a la renta, se le solicitará hacer uso del Asistente para el Cálculo del Crédito por Gastos en Educación, con el fin de que el SII pueda proporcionar una propuesta de Declaración para el año tributario 2013.
Una vez ingresado los datos, y si se cumplen los requisitos, se presentará la propuesta de declaración que incluirá la rebaja de impuestos por gastos en educación.

Si luego de enviar su declaración de Renta, el padre o la madre desean realizar y/o modificar la cesión del beneficio, pueden hacerlo en www.sii.cl, y luego renviar su declaración de impuestos. Al hacerlo, el SII ofrecerá una propuesta de declaración actualizada, de acuerdo a las modificaciones realizadas en el sitio. Esta opción está disponible hasta el 26 de abril.

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