Plazo para cancelar un crédito

creditoA la hora de solicitar un crédito, es muy importante tener en cuenta el plazo que se va a tardar para cancelarlo ya que representa una deuda la cuál hay que saldar. Dependiendo del tipo de crédito y de la entidad en donde se solicite, se podrá encontrar con diferentes plazos.

Existe un proyecto que tiene como finalidad, lograr que las deudas por créditos se paguen de una vez. La idea de un grupo de legisladores de la UDI es que los consumidores que estén en condiciones, puedan cancelar las cuotas en un plazo máximo de 1 semana, algo que actualmente no puede materializarse dadas las trabas y trámites burocráticos que imponen las entidades bancarias.

Al momento de acudir al banco o a una gran tienda comercial para pedir un crédito, el anhelo de todo consumidor es pagarlo lo antes posible y ojalá, de una sola vez, a fin de salir rápidamente de la deuda, considerando los costos que existen en mayores intereses, comisiones, atrasos y gastos de cobranza, entre otros.

Sin embargo, gran parte de los clientes del sistema financiero se encuentran con más de un problema cuando desean pagar la totalidad de la deuda. Denuncian varias trabas y trámites burocráticos por parte de los bancos y otras instituciones, a la hora de manifestar la intención de pagar el monto total de la deuda.

Para resolver este inconveniente, 10 diputados de la UDI presentaron un proyecto en el Congreso a fin de que “los pagos de obligaciones ante entidades financieras sean expeditos y sin mayor dilación”.

La iniciativa pretende incorporar en la Ley del Consumidor que el proveedor del crédito, que en principio fue pactado en cuotas y que el deudor deseare pagar en un solo acto, deberá tramitar este cambio de forma expedita, sin mayor dilación en un plazo máximo de una semana, contada desde la manifestación de voluntad del consumidor de cumplir con su obligación íntegramente.

Este cuerpo legal establece derechos y obligaciones para consumidores y empresas y entre los temas principales que regula están:

  • El derecho a contar con información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación, etc., a la garantía de los productos, a retractarse de una compra y a respetar lo establecido en los contratos.
  • La no discrininación arbitraria por parte de empresas proveedoras de bienes o servicios.
  • La regulación de la publicidad engañosa y la eliminación de la llamada “letra chica” en los contratos.
  • Facilitar la formación de las asociaciones de consumidores.
  • Y favorecer las acciones colectivas cuando se vulneran los derechos de los consumidores.

En este caso, las entidades acreedoras incorporan una serie de trabas y trámites burocráticos para que no se ejecute este pago total con la comodidad que merece un deudor observante de sus compromisos financieros.

La realidad es que no pocos casos como éste ocurren a diario en el país, transformando lo que debe ser un hecho que produzca bienestar en una persona, en una seguidilla de complicaciones y dolores de cabeza para el deudor. Esta situación evidentemente desalienta a las personas y, por lo mismo, vuelve el sistema financiero en un monstruo generador de frustraciones tornando al sistema de créditos ciertamente en ilegítimo.

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