Apelación de becas y gratuidad

Si tenes alguna duda acerca de tu examen y requerís una nueva evaluación o si deberías haber obtenido algún beneficio, puedes apelar. Ten en cuenta que para hacerlo debes haber realizado previamente tu acreditación socio económica.

En esta oportunidad le informaremos un poco acerca del tramite de apelación.

causas para apelar en el proceso de Gratuidad:

Les informamos sobre algunas causas que se pueden apelar:

  • Enfermedad grave o crónica de algún integrante del grupo familiar
  • Hermano, declarado en FUAS como integrante del grupo familiar, que se encuentre cursando una carrera de Educación Superior.
  • Cesantía del sostenedor del grupo familiar, entre el periodo de acreditación y apelación.
  • Fallecimiento de un integrante de grupo familiar entre el periodo de acreditación y apelación.
  • Cumplimiento de Notas de Enseñanza Media.
  • Ser hijo de Profesional o Asistente de la Educación

Documentación que hay que presentar

Enfermedad grave o crónica de algún integrante del grupo familiar:

  • Certificado médico actualizado
  • Declaración de Gastos Médicos
  • Certificado de reembolso y bonos de Isapre o Fonasa, por los gastos realizados.

Hermano, declarado en FUAS como integrante del grupo familiar, que se encuentre cursando una carrera de Educación Superior.

  • Comprobante de matrícula 2106 o contrato de Prestación de Servicios Educacionales año 2016.
  • Constancia de estudiante Ingreso 2016.

Cesantía del sostenedor del grupo familiar, entre el periodo de acreditación y apelación.

  • Finiquito o Carta de desvinculación o comprobante de pago de Subsidio de Cesantia.
  • Certificado AFP de los últimos 24 meses.
  •  Declaración de gastos Mensuales

Fallecimiento de un integrante de grupo familiar entre el periodo de acreditación y apelación.

  • Certificado de Defunción.
  • Declaración de gastos Mensuales.

Cumplimiento de Notas de Enseñanza Media.

  • Concentración de Notas otorgada por ayuda Mineduc o los certificados de notas de Enseñanza Media otorgados por el respctivo establecimiento educacional.

Ser hijo de Profesional o Asistente de la Educación.

  • Certificado de nacimiento con el nombre de los padres.
  • Copia de contrato vigente al 31 de Diciembre del 2015, del padre o madre, en un establecimiento educacional municipal, particular subvencionado o de administración delegada.

¿Cuando se puede apelar?

El Plazo que se puede realizar el tramite de apelación es del mes de febrero 2016 al mes de Marzo de 2016

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